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El Supremo anula varias cláusulas bancarias por “abusivas”

El Tribunal Supremo ha anulado, mediante sentencia de 17 de febrero, varias cláusulas incluidas en los contratos de tarjetas de crédito, préstamos e hipotecas que suscribían los clientes del Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid por considerar que son "abusivas", "desproporcionadas" o "confusas".

La Sala de lo Civil del Alto Tribunal estima parcialmente el recurso que interpuso la OCU, desde donde se ha calificado la sentencia de "histórica" porque afecta a "todos los consumidores y no se limita a las cuatro entidades financieras demandadas".

Desde este momento, todos los consumidores pueden exigir que se les aplique la supresión inmediata de las citadas cláusulas, de las cuales destacan:

  • Las que descargaban los perjuicios acarreados por uso fraudulento, robo o extravío de las tarjetas en sus propietarios, en tanto ello no era comunicado a las entidades financieras.
  • Aquellas que prohibían el arrendamiento de fincas hipotecadas, si bien se admite que el banco concrete la renta que debe exigir el propietario en su caso.
  • Aquella que incluye la renuncia del cliente que recibe un préstamo hipotecario u otra clase de créditos a ser informado de su cesión a otra entidad.
  • La que permitía al Banco Santander compensar deudas de clientes con aquellos saldos positivos que tuvieran en otros productos, aunque no fueran los únicos titulares.

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