Los Presupuestos Generales para el 2010 suponen la modificación del tipo de retención que se practica en los alquileres de locales comerciales. Así, a las facturas por alquiler devengadas a partir del día 1 de enero se les practicará una retención del 19%, en lugar del 18% que venía practicándose.
Es el inquilino, y no el propietario, quien está obligado a retener y a ingresar la cantidad correcta a las arcas públicas. En el caso de hacer caso omiso al importe correcto de retención, Hacienda requerirá al inquilino para que ingrese el 1% de diferencia de forma inmediata corriendo, esta hipotética diferencia, a cuenta de éste según tipifica el art. 108 del Reglamento del IRPF y, de manera análoga, el Reglamento del impuesto de sociedades.