Aquellas empresas que delincan serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas según el proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley 10/1995 del Código Penal, el cual fue aprobado el pasado 13 de noviembre.
El texto aprobado pretende asegurar que se les impute a las empresas por todos los delitos cometidos, en su nombre, por aquellas personas que ostenten poder de representación. La obligación de ejercer el debido control sobre los representantes recae igualmente en la empresa.
Por otra parte, y atendiendo a que la responsabilidad penal de la persona jurídica podrá declararse con independencia de que exista o no responsabilidad penal de la persona física, expertos como el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, José Manuel Maza, opinaban que no todo es positivo en la reforma puesto que “al centrar la mirada en las empresas el riesgo es que los individuos que las manejan se van de rositas”.